A través de la publicación del Reglamento (UE) 2020/1054 del Parlamento Europeo y del Consejo del 15 de julio de 2020 se establece la modificación de aspectos relacionados con los tiempos de conducción máximos, tanto diarios como semanales, así como las pausas mínimas establecidas y los períodos de descanso diarios y semanales.
Debido a ello, el Ministerio de Transportes ha establecido una serie de pautas de interpretación para todas estas normativas, denominada ‘Instrucción 1/2021’.
Uso del tacógrafo: pautas de interpretación
A continuación, esclarecemos cuáles son los puntos más importantes que los conductores deben tener ahora. Es importante que esta información se tenga a buen recaudo para leerla cuando sea preciso.
Será obligatorio realizar entradas manuales para justificar bajas por enfermedad, vacaciones, permisos o conducción de vehículos que se vean excluidos del ámbito de aplicación de la norma. No se aceptarán los Certificados de Actividad. Muy importante esto.
Queda establecida como principal fuente de información de las actividades del conductor los datos registrados por el tacógrafo.
A continuación os dejamos la guía de pictograma relacionada con las casillas del Certificado correspondientes.
En el momento de la inspección el agente puede detectar irregularidades en los registros entre el día de control y los 28 anteriores. En este caso, podría interponer otra denuncia de otros 1.001 euros.
Como siempre, en Maha Data Center estamos para ayudarte en la gestión de datos del tacógrafo. Si necesitas más información o asesoramiento al respecto, puedes dejarnos un mensaje en nuestro formulario de contacto o llamarnos al 93 733 80 57. Y en nuestras RSSS puedes consultarnos también en informarte.
Imagen de portada | Pexels
Vía | Froet